Ñemboja digital Módulo 5 - Semana 5

3. DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES

3.2. DERECHOS DEL EMPLEADOR

·Facultades de organización y dirección; habíamos dicho que uno de los cuatro factores de la producción era, justamente, el empresario; que organizaba y coordinaba al resto de los factores de la producción, uno de los cuales será el trabajador. En virtud de esta facultad de organización el patrón puede determinar los turnos, horarios y lugares de trabajo entre otras modalidades.
·Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo; derivada de la facultad anterior, el empleador podrá modificar la forma en que se realiza el trabajo, siempre y cuando con ello no afecte material ni moralmente al trabajador y tampoco se altere alguna modalidad esencial del contrato de trabajo.
·Facultades disciplinarias; el empleador podrá, ante una falta por parte del empleado qué provoque un perjuicio a los bienes o recursos de la empresa, determinar medidas disciplinares como el apercibimiento, la suspensión sin goce de haberes e incluso el despido, si la falta cometida fuera tan grave que no permitiera la continuidad de la relación laboral.