Ñemboja digital Módulo 3 - Semana 9

5. DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

5.1. Normas internacionales


Las normas en materia de derechos humanos a nivel internacional tienen su origen, principalmente en:

a. Tratados internacionales: estos son acuerdos escritos celebrados entre dos o más Estados, de manera libre, que tienen efectos jurídicos vinculantes entre ellos. Estos instrumentos, también llamados Pactos, Convenciones o Protocolos, necesitan cumplir con un procedimiento para que sean obligatorios para los Estados (firma y ratificación).

b. Derecho internacional consuetudinario: éste es llamado “consuetudinario” porque está basado en la costumbre. Este derecho surge de la práctica generalizada y uniforme que siguen los Estados con un sentimiento de obligación legal. En otras palabras, si durante determinado tiempo los Estados se comportan de cierto modo porque piensan que están obligados a hacerlo, su conducta acaba siendo reconocida como principio de derecho internacional, vinculante para los Estados, aunque no esté formulado por escrito en un acuerdo particular. Así, por ejemplo, mientras que la Declaración Universal de Derechos Humanos no es en sí misma un instrumento jurídicamente obligatorio, hoy se considera que tiene carácter de derecho internacional consuetudinario.

Las normas de derechos humanos también se encuentran en otro tipo de instrumentos: declaraciones, recomendaciones, conjuntos de principios, directrices y códigos de conducta. Algunos ejemplos son: la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, la Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas, los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura, el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley y las Directrices sobre la Función de los Fiscales.

Las normas de derechos humanos se desarrollan en diversas organizaciones internacionales mediante un proceso en el que las/los representantes de los Estados Miembros se reúnen, por lo general de manera repetida durante varios años, para definir de manera minuciosa la forma y el fondo de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

En los órganos de las Naciones Unidas se invita a todos los Estados a asistir y participar en la redacción con el fin de asegurar que el documento final refleje las opiniones y la experiencia de todas las regiones del mundo y los grandes ordenamientos jurídicos. Sea para un tratado o para una declaración, toda propuesta se estudia a detalle y se somete a debate, hasta que se acuerda un texto definitivo. Incluso entonces, en el caso de los tratados, un Estado no está obligado por el instrumento hasta que lo ha firmado y ratificado.

Los instrumentos de aplicación universal son elaborados por los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas. Por otro lado, las grandes organizaciones regionales como el Consejo de Europa, la Organización de Estados Americanos y la Organización de la Unidad Africana también elaboran instrumentos de derechos humanos.