Ñemboja digital Módulo 2 - Semana 10
Sitio: | Campus Virtual |
Curso: | Secundaria a Distancia - Aula C |
Libro: | Ñemboja digital Módulo 2 - Semana 10 |
Imprimido por: | Invitado |
Día: | domingo, 22 de diciembre de 2024, 10:26 |
Tabla de contenidos
- 1. VULNERABILIDAD EN SECTORES DE LA SOCIEDAD
- 1.1. GRUPOS VULNERABLES
- 1.2. LAS SITUACIONES DE POBREZA
- 1.3. HOGARES CON NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS
- 1.4. El método indirecto
- 1.5. Condiciones de vida, otros elementos
- 1.6. Características del hábitat
- 1.7. NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
- 1.8. Convención sobre los Derechos del Niño (1989): un nuevo paradigma
- 1.9. ROL DEL ESTADO FRENTE A LOS GRUPOS VULNERABLES
- 1.10. Link para descargar la clase en pdf.
- 2. BIBLIOGRAFÍA OBLIGATORIA
- 3. BIBLIOGRAFÍA
- 4. VIDEO DE CLASE
- 5. ACTIVIDADES
1. VULNERABILIDAD EN SECTORES DE LA SOCIEDAD
Bienvenidos a la semana 10. ¡Comenzamos la recta final, ya que nos quedan solo 6 semanas más de trabajo! Desde el equipo de ÑEMBOJA Digital, esperamos que se pongan al día y vayan completando sus actividades. Les deseamos mucho éxito en esta nueva semana de trabajo. ¡Empecemos!
La vulnerabilidad es una característica universal y connatural a la condición humana. Este concepto, con el desarrollo de los derechos humanos ha adquirido el estatus de categoría jurídica. La condición de vulnerable de una persona o de un grupo humano pone en evidencia desigualdades reales, materiales o estructurales frente a la idea de igualdad formal. Frente a ello, los Estados deben brindar una adecuada tutela, la que corresponde a sus tres poderes.
La palabra vulnerabilidad encierra un significado complejo y aplicable a diversos ámbitos de la vida cotidiana: educacional, económico, digital, médico, y jurídico, entre otros. El Diccionario de la Real Academia Española lo define como: “la cualidad de vulnerable”. A su vez, el vocablo vulnerable se refiere a la posibilidad de “ser herido o recibir lesión, física o moralmente”.
La expresión de vulnerabilidad denota, entonces, una característica propia, intrínseca y universal de la naturaleza humana: la fragilidad. Todo individuo está expuesto a la potencialidad de daño o riesgo de él, sea físico, emocional o espiritual. De allí que el vulnerable precisa de especial atención, de protección y de tutela.
Existen por los menos dos tipos de vulnerabilidad. Por un lado, la vulnerabilidad antropológica, referida a la fragilidad individual, biológica y psicoemocional. Por otro lado, la vulnerabilidad socio-política, derivada de la pertenencia a un grupo o colectivo social concreto.
La vulnerabilidad antropológica es intrínseca. Está dada por “las condiciones personales o del grupo de personas de que se trate, tales como la enfermedad; la falta de capacitación o educación” (Casazza, 2021, p. 566). A esta condición natural e individual de vulnerabilidad se suma la vulnerabilidad social, estructural o contextual, que es aquella que viene dada por las condiciones especiales de fragilidad en que las personas son colocadas por ciertos espacios o situaciones desfavorables en que se encuentran. Estos espacios de vulnerabilidad potencian los riesgos, la falta de poder y de oportunidades de cambio.
Es la vulnerabilidad social la que adquiere importancia en el campo de lo jurídico. Las condiciones desfavorables que causan una mayor exposición de las personas a un riesgo de daño o al daño pueden modificarse si se plantean mecanismos y acciones de tutela diferenciados, sustentados en una protección igualitaria y sobre la base de un principio de justicia que atienda necesidades específicas de las personas o grupos de personas vulnerables.
Se introduce aquí la noción de grupo o colectivo de vulnerables. Este no es un mero conjunto de personas calificadas como tales, sino que se trata de un grupo social y constituye “un colectivo de personas que se diferencia de al menos otro grupo a través de formas culturales, prácticas o modos de vida” (Young, 2000, p. 77). Por consiguiente, todos los miembros están unidos por una identidad que las hace pertenecer, ya que tienen afinidades concretas, determinadas por sus experiencias o formas de vida similares.
1.1. GRUPOS VULNERABLES
Los grupos vulnerables son aquellos segmentos de la población que, debido a sus características sociales, económicas, de salud, culturales o de otro tipo, enfrentan mayores riesgos y desventajas en la sociedad. Estas personas o grupos suelen tener menos capacidad para defenderse y recuperarse de situaciones adversas. Los grupos vulnerables están determinados por las posibles causas de vulnerabilidad. Entre ellas se encuentran la edad (v.g. adultos mayores y niños, niñas y adolescentes), la discapacidad, el género, la pertenencia a comunidades indígenas, de inmigrantes y minorías étnicas, culturales y religiosas, la privación de la libertad, la pobreza, el analfabetismo digital, etc.
Algunos ejemplos de grupos vulnerables incluyen:
Personas en
situación de pobreza: Carecen de recursos económicos básicos y pueden tener
dificultades para acceder a servicios esenciales como educación, salud y
vivienda.
Niños y adolescentes: Son más susceptibles a la explotación, el abuso y la negligencia, y dependen de los adultos para su protección y bienestar.
Personas mayores: Pueden enfrentar problemas relacionados con la salud, la movilidad y el aislamiento social, y a menudo tienen ingresos fijos limitados.
·Personas con
discapacidad: Pueden enfrentar barreras físicas, sociales y económicas que dificultan
su plena participación en la sociedad.
·Mujeres: A menudo enfrentan
desigualdades de género que pueden manifestarse en violencia, discriminación
laboral, y menores oportunidades educativas y económicas.
·Pueblos indígenas y minorías étnicas: Suelen enfrentar discriminación, falta de
reconocimiento de sus derechos y acceso limitado a recursos y servicios.
·Personas
LGBTQ+:
Pueden ser objeto de discriminación, violencia y exclusión social debido a su
orientación sexual o identidad de género.
·Migrantes y
refugiados:
Pueden enfrentarse a barreras lingüísticas, culturales y legales, así como a la
discriminación y la explotación.
·Personas sin
hogar:
Carecen de un lugar seguro y estable para vivir, lo que afecta su salud física
y mental y su capacidad para acceder a servicios básicos.
·Personas con
enfermedades crónicas o graves: Pueden enfrentar dificultades para acceder a la
atención médica adecuada y a menudo experimentan estigmatización y aislamiento.
Estos grupos requieren atención especial y políticas
específicas para garantizar que sus derechos sean protegidos y que tengan
oportunidades equitativas para desarrollarse y participar plenamente en la
sociedad.
1.2. LAS SITUACIONES DE POBREZA
El concepto de pobreza se refiere a la carencia y a las necesidades no satisfechas de las personas. Entre las necesidades consideradas básicas o esenciales de la sociedad actual, algunas son materiales (como alimentación, vivienda, vestimenta, servicios sanitarios, agua potable, etc.) y otras no materiales (como la atención de la salud, la educación, el acceso al empleo, etc.).
La posibilidad de que las personas puedan satisfacer sus necesidades materiales y no materiales determina el grado de desarrollo de la sociedad en la que viven.
La medición de la pobreza
En Argentina se utilizan dos métodos para medir la pobreza. Por un lado, se aplica directamente el método de las NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS (NBI) que identifica a la población que no puede satisfacer alguna de las necesidades básicas. Por otro lado, se utiliza el método indirecto de ENFOQUE DEL INGRESO que identifica a la población en situación de pobreza, comparando sus ingresos con un ingreso mínimo o línea de pobreza (LP).
1.3. HOGARES CON NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS
El método de medición de las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) toma en consideración un conjunto de indicadores relacionados con necesidades básicas estructurales (vivienda, educación, salud, infraestructura pública. etc.) que se requiere para evaluar el bienestar individual.
La principal característica de este método es que carece de sensibilidad a los cambios coyunturales y por lo tanto ofrece una visión específica del comportamiento de la pobreza.
El indicador de NBI se elabora en base a los datos del Censo de Población, Hogares y Viviendas que realiza el INDEC, y considera que un hogar es pobre por NBI si sufre al menos una de las carencias o privaciones preestablecidas. Los criterios de privación fueron los siguientes:
Vivienda: hogares en una vivienda de tipo inconveniente (según materiales de los pisos, techos y paredes, según se encuentre o no en una zona inundable, villa o basural, dependiendo del régimen de tenencia de la vivienda).
Condiciones sanitarias: hogares que no tuvieran ningún tipo de retrete. (NBI 2)
Hacinamiento: hogares que tuvieran más de tres personas por cuarto. (NBI 3)
Asistencia escolar: hogares que tuvieran algún niño en edad escolar (6 a 12 años) que no asistiera a la escuela. (NBI 4)
Capacidad de subsistencia: hogares que tuvieran cuatro o más personas por miembro ocupado y, además. cuyo jefe no haya completado tercer grado de escolaridad primaria. (NBI 5).
1.4. El método indirecto
En cambio, el método indirecto calcula la pobreza de manera mas fluctuante, porque los resultados dependen de la evolución de los ingresos, y estos, por su parte, varían de acuerdo con la situación económica de cada momento. La línea de pobreza representa la cantidad de dinero necesario para cubrir las necesidades básicas de un hogar: los alimentos, la vivienda, la educación, los medicamentos, la ropa y el transporte. Los hogares cuyos ingresos son inferiores a esa cantidad de dinero, se consideran pobres, es decir, que se encuentran por debajo de la línea de pobreza.
A su vez, dentro de este último sector, el método del ingreso distingue el grupo de habitantes en situación de indigencia. Para ello, se emplea el criterio de medición denominado línea de indigencia. Este límite está definido por la cantidad de dinero necesaria para adquirir la canasta básica de alimentos, que cubre las necesidades nutricionales de las personas, es decir, que les provee las calorías y los nutrientes imprescindibles para la supervivencia en condiciones mínimas de salud. Los hogares cuyos ingresos son inferiores al precio de esa canasta básica se consideran indigentes.
Por estas características de los métodos de medición de la pobreza puede ocurrir que una misma persona pueda ser considerada pobre desde la perspectiva de uno de los métodos y no lo sea para el otro enfoque. Por ejemplo, una persona que vive en un lugar que no tiene necesidades básicas insatisfechas puede ser considerada pobre si, en un determinado momento, sus ingresos se encuentran por debajo de la línea de pobreza.
1.5. Condiciones de vida, otros elementos
Hacinamiento, se consideran hogares con hacinamiento crítico aquellos en los que habitan más de tres personas por cuarto. Para ello, se toma en cuenta la cantidad de ambientes/habitaciones que tiene el hogar para uso exclusivo (excluyendo cocina, baño, pasillos, lavadero, garaje), es decir, sin compartir con otros hogares. En este sentido, se considera ambiente/ habitación todo cuarto separado por tabiques o paredes desde el piso hasta el techo.
Suministro de agua corriente a través de redes públicas y las redes de desagües cloacales. El acceso de los hogares a dichos servicios depende, en primer lugar, de la existencia de estas redes en las inmediaciones de la vivienda y, en segundo lugar, de que se hayan realizado las conexiones domiciliarias a estas. Los indicadores de acceso a los servicios públicos se presentan de modo dicotómico – distinguiendo a los hogares según accedan o no a estos–, cabe señalar que las variables utilizadas para la construcción de dichos indicadores contienen un conjunto de categorías que permiten caracterizar a los hogares que no acceden a las redes públicas según las distintas modalidades a través de las cuales se proveen de agua y los distintos tipos de desagüe de las excretas. Entre los hogares que no acceden al agua corriente, se distinguen aquellos que acceden a través de una perforación con bomba a motor, con bomba manual, u otra fuente (ríos, camión aguatero, lluvia, etc.). Con respecto a quienes no acceden a los desagües cloacales, se encuentran aquellos que disponen de cámara séptica y pozo ciego, solo de pozo ciego, de hoyo/excavación en la tierra o quienes no poseen baño.
1.6. Características del hábitat
Se incluyen aquí indicadores que permiten caracterizar a los hogares según la zona en la cual se encuentra ubicada la vivienda en la que residen. Por un lado, se tiene en cuenta la cercanía a basurales considerando una distancia de tres cuadras o menos. Se entiende por basurales a los terrenos o lugares en donde habitualmente se arrojan residuos y desperdicios. Por otro lado, se considera a las viviendas ubicadas en zonas inundables, entendiendo por tales a las áreas que, ya sea por lluvia o crecida de arroyos, ríos o lagunas, el agua llega al umbral de la puerta de entrada de la vivienda o de las viviendas que se encuentran a tres cuadras o menos. Se consideran aquellos casos en los cuales haya habido inundaciones en los doce meses anteriores al momento de la encuesta.
1.7. NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Las niñas, niños y adolescentes poseen una situación particular de vulnerabilidad, basada en la dependencia necesaria de un adulto para su desarrollo. Los cuidados del entorno familiar, a través de los padres o los adultos referentes, se hacen especialmente necesarios para asegurar un saludable y completo bienestar físico, psíquico y mental. Brindar estos cuidados es una responsabilidad por la que deben velar las familias, la comunidad en su conjunto y el Estado.
Los derechos de los niños, niñas y adolescentes están consagrados en la legislación nacional e internacional. En el ámbito internacional, la Convención de los Derechos del Niño los reconoce como sujeto pleno de derecho y reafirma el compromiso y la responsabilidad indelegable del Estado en la cuestión.
En un informe reciente publicado por UNICEF (Fondo de Naciones Unidas para la Infancia) denominado El estado mundial de la infancia 2001, se señala que son tres las grandes amenazas que se ciernen sobre la niñez en todo el planeta: la pobreza, los conflictos armados y el SIDA.
Cuando la pobreza abruma a una familia, son siempre los más jóvenes, los más vulnerables, los que resultan más afectados. Los derechos a la supervivencia, al crecimiento y al desarrollo de esos 500 millones de niños y niñas son prácticamente inexistentes. Las cifras son desoladoras: 170 millones de niños en el mundo están mal alimentados, más de 100 millones jamás acuden a la escuela y uno de cada 10 sufre algún tipo de discapacidad.
1.8. Convención sobre los Derechos del Niño (1989): un nuevo paradigma
El 20 de noviembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Se trata de un instrumento internacional (tratado) que reconoce a todos los menores de 18 años como sujetos plenos de derechos. Desde esa fecha, 190 países (todos menos dos) han ratificado dicha norma convirtiéndola en el instrumento internacional de protección de los derechos humanos que mayor consenso ha suscitado entre los Estados miembros de las Naciones Unidas. ¿Qué es? Es un esfuerzo muy importante de codificación. Antes de la Convención, la dispersión normativa en materia de derechos subjetivos para la infancia era enorme. Ahora contamos con un conjunto de derechos y garantías fundamentales para niños y niñas que a la vez se traducen en un importante catálogo de obligaciones para el Estado, la familia y la sociedad.
Este nuevo instrumento jurídico fue construido con base en la Doctrina de Protección Integral. Esta doctrina es el marco que sirvió como fundamento teórico de la Convención.
Las normas creadas bajo el espíritu de esta doctrina aspiran a tener, entre otros, los siguientes elementos:
a) En primer lugar, se trata de normas que buscan regular al conjunto de la categoría infantil y no sólo a aquellos individuos que viven situaciones de precariedad.
b) Los órganos judiciales especializados en niños deben encargarse, como cualquier otro tribunal, de dirimir controversias cuya naturaleza sea jurídica.
c) Asegurar jurídicamente el principio básico de igualdad ante la ley. En materia penal se busca sustituir el viejo binomio impunidad-arbitrariedad por el de severidad-justicia.
d) Considerar a la infancia como sujeto pleno de derechos.
e)Eliminar eufemismos falsamente tutelares. Reconocer que “internar” o “ubicar institucionalmente” a niños y jóvenes es una formal privación de la libertad.
1.9. ROL DEL ESTADO FRENTE A LOS GRUPOS VULNERABLES
El Estado tiene un papel crucial en la protección y apoyo a los grupos vulnerables mediante la implementación de políticas públicas y programas específicos diseñados para atender sus necesidades. Algunas de las principales acciones que el Estado puede llevar a cabo consisten en la promulgación de leyes que protejan los derechos de los grupos vulnerables, como leyes contra la discriminación, la violencia de género, y la protección de los derechos de los niños y las personas con discapacidad. Por su parte, resulta de importancia la ratificación de tratados internacionales de derechos humanos y la adaptación de la legislación nacional para cumplir con estos estándares, esto en materia legislativa y en cuanto a la protección de derechos.
Desde el punto de vista de las acciones sociales, cobra importancia la implementación de programas de asistencia social que proporcionen apoyo económico, alimentación, salud y educación a las personas en situación de pobreza y otros grupos vulnerables. Asimismo, la creación de programas de vivienda para personas sin hogar y familias de bajos ingresos.
En cuanto al ámbito de la Salud, el establecimiento de servicios de salud gratuitos o subsidiados, incluyendo atención médica especializada para personas con enfermedades crónicas, discapacidades y salud mental.
Otra importante acción del Estado tiene que ver con la garantía de acceso a una educación inclusiva y de calidad para todos, incluyendo programas de becas, apoyo educativo y medidas para prevenir la deserción escolar. Al igual que resulta necesaria la adaptación de currículos y entornos escolares para satisfacer las necesidades de niños con discapacidades y de diferentes antecedentes culturales.
El desarrollo de redes de protección social que incluyen pensiones, subsidios familiares y seguros de desempleo junto con el establecimiento de servicios de protección infantil y programas de apoyo a la familia, son acciones que aportan protección social.
Pero las acciones que lleva adelante el Estado, también deben dirigirse a fomentar la participación activa de los grupos vulnerables en la toma de decisiones políticas y en la vida comunitaria, apoyando a organizaciones de la sociedad civil que trabajan en defensa de los derechos de estos grupos.
Con respecto a la igualdad de género, se promueven políticas de igualdad de género en todos los sectores, incluyendo medidas para combatir la violencia de género y promover la igualdad salarial. Se acompaña además con programas de empoderamiento económico y social para mujeres.
Para los Pueblos Indígenas y Minorías Étnicas, se promueve el reconocimiento y protección de los derechos territoriales, culturales y lingüísticos de los pueblos indígenas y minorías étnicas, como también la implementación de programas de desarrollo que respeten sus formas de vida y conocimientos tradicionales.
Estas y otras acciones requieren una coordinación eficaz entre diferentes niveles de gobierno, así como la colaboración con organizaciones no gubernamentales y la comunidad en general.
1.10. Link para descargar la clase en pdf.
2. BIBLIOGRAFÍA OBLIGATORIA
3. BIBLIOGRAFÍA
Bibliografía
Carrera, J. L. (2022). Vulnerabilidad, igualdad y justicia. Revista Argumentos, 21-37.
Patricia Acuña, Sonia Bazan, María Liliana Da Órden, Daniel Leoni, Lina Luccheta, Nicolás Quiroga, Diego Rodríguez, María Silvia Sánchez, Guillermo Velázquez. (2007). CIENCIAS SOCIALES 9: Serie Tiempo y Espacio. Buenos Aires: Tinta Fresca.
Actividades:
LECTURA_Eduardo Galeano_Semana 10_Módulo 2.pdf
Sustancias químicas - Fuente: https://concepto.de/sustancias-quimicas/