MARCO DE GESTIÓN Y ATENCIÓN EDUCATIVA EN LA MODALIDAD DE LA EDUCACIÓN DOMICILIARIA Y HOSPITALARIA.2022
La propuesta de la modalidad como se expresa en el documento “Marco de gestión y atención educativa en la modalidad de la Educación Domiciliaria” (2022) es el trazado de puntos concretos, que involucren a distintos sectores para orientar y fortalecer las prácticas educativas llevadas adelante en los centros de salud o domicilios desde un enfoque inclusivo e integral que considera a los sujetos de la educación domiciliaria y hospitalaria como “estudiantes” con derechos, y también obligaciones, alejado del modelo tradicional que asocia los términos de “alumnos-pacientes” o “estudiantes-pacientes”, estas denominaciones no corresponden al campo educativo, ni se adecuan a la denominación establecida por las Leyes Nacionales de Educación, de Salud Mental, de Derechos del Paciente ni de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se trata, entonces, de un sujeto en constante movimiento; y, por lo tanto, es importante que cuente con espacios -educativos, familiares, terapéuticos- en los que se lo reciba desde sus particularidades y sin perder de vista que se halla atravesando un período singular de su vida. Las intervenciones y estrategias que se tracen deben contemplar los factores mencionados anteriormente, sosteniendo -constantemente- un abordaje integral e interdisciplinario.
Las intervenciones deben resultar significativas, y para ello deben sostenerse en el respeto hacia los tiempos subjetivos y sin perder de vista las particularidades del caso por caso.
Al momento de construir una mirada interdisciplinaria e integral, es importante echar luz sobre las posibilidades de cada sujeto y no sobre las limitaciones. Las propuestas educativas se deben edificar pensando al estudiante como un sujeto en desarrollo, en proceso de cambios, en situación de aprendizaje.
Estos puntos a trazar frente a situaciones complejas necesitan de un vínculo y trabajo con diferentes entidades que propicien herramientas y claridad ante las demandas, teniendo como objetivo principal el cuidado de trayectorias y la inclusión de todos los estudiantes que estén padeciendo situaciones de salud mental que le impida asistir a la institución educativa.
En el marco de la presente Ley de Educación Nacional de Salud Mental N° 26.657 *Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657 se reconoce a la salud mental como un proceso lisisto de la 425.