• Programación y Derechos de Autor

     

    Licencias de uso: Copyright, Copyleft y Creative Commons

    por  | Ciudadanía digital

    A la hora de preparar recursos educativos para nuestros alumnos, es muy probable que tengamos la necesidad de recurrir a artículos, textos, imágenes o creaciones realizadas por otros autores y que tienen sus propias licencias de uso.

    Hay que recordar que estos autores son y serán siempre los propietarios de estos recursos. Igual sucede si nosotros somos los creadores de los recursos, los cuales no podrán ser utilizados sin nuestro consentimiento. Debemos conocer y respetar las condiciones o licencias de uso que han definido los autores de estos materiales.

    Los principales derechos de autor y licencias de uso con las que podemos encontrarnos se resumen en tres, que son las siguientes:

    Copyright

    El autor dispone de todos los derechos sobre su obra y no permite que se utilice bajo ningún concepto. La licencia copyright es la más estricta y restrictiva de todas. El autor conserva todos los derechos y no puede ser utilizada su obra ni total ni parcialmente sin previa autorización por su parte.

    Copyleft

    El copyleft es un método para convertir un programa en software libre y exigir que todas las versiones del mismo, modificadas o ampliadas, también lo sean. De esta manera, cada vez que alguien distribuya el contenido con este licencia, debe traspasar con él la libertad para copiarlo y modificarlo.

    Creative Commons

    Quizás sea la más popular de todas las licencias. Creative Commons es un tipo de licencia que se rige bajo el concepto de Copyleft, es decir, que el autor permite el uso total o parcial de su obra, pero bajo unas condiciones especificadas por el propio autor.

    Estas condiciones que debe especificar el autor, se resumen en cuatro:

    • Autoría: Siempre, deberemos citar al autor, ya sea en el pie de página, en el pie de imagen o en los créditos finales. El nombre del autor debe figurar aunque únicamente hayamos utilizado una pequeñísima parte de su obra.
    • No comercial: Esta condición nos indica que el autor, no ha dado permiso para que el uso de su obra sea para fines comerciales (es decir, que yo extraiga un beneficio a partir de su trabajo). Únicamente tenemos derecho a utilizar su obra con fines no lucrativos (como por ejemplo para realizar nuestros trabajos escolares).
    • Sin obras derivadas: El autor no da permiso para que su obra sea transformada. Si ponemos, por ejemplo, el autor de un libro, esta condición nos indica que no podemos utilizar ningún capítulo de éste para incorporarlo a una obra nuestra, pues no da permiso para modificar su obra.
    • Compartir igual: En esta condición, el autor permite crear obras a partir de partes de su obra, pero siempre y cuando se mantenga la misma licencia cuando compartamos nuestra obra. Por ejemplo, podríamos utilizar parte de un vídeo realizado por un autor para la creación de una película nuestra. Esta película resultante deberá conservar la misma licencia que la que disponía el vídeo del primer autor.

    En base a estos cuatro apartados, Creative Commons, permite combinarlos para generar diferentes tipos de licencia. Por ejemplo, una licencia «No comercial – Compartir igual» quiere decir que no se puede comercializar la obra, pero se puede modificar y crear de nuevo siempre y cuando a la hora de compartir la nueva creación, además de citar al autor, la licencia de la obra sea la misma «No comercial – Compartir igual».

    Dominio público

    La licencia de dominio público hace referencia a aquellas obras (literarias, artísticas o científicas) que no tienen restricciones de derecho de autor establecidas al haber expirado el plazo de protección del derecho de autor.

    El plazo de protección de derecho autor comienza en el momento del fallecimiento del mismo. El tiempo que ha de pasar varía en función de la legislación que aplique. Por ejemplo, en España se establece que sea de 70 años desde la muerte del autor mientras que los firmantes del Convenio de Berna acuerdan que el plazo sea de 50 a partir del primer 1 de enero desde la muerte del autor.

    De manera resumida, te dejamos esta infografía donde es especifican los tipos de licencias y condiciones de uso en referencia a los derechos de autor:

    https://lh4.googleusercontent.com/Mc6rhmrRvcaMpH3m-AIwPOGFN3MRRIEgaidlLxzD1jfS6S8MRJuzUtD8TTt2Ljr0K5Aq-hlACpsmD1QOAThwILbeiHFGIcRfLhv4FDZEtTV32Zi7fByMhLeaYKg52RVRYn63dFV1gRo