Ñemboja digital Módulo 2 - Semana 2
Sitio: | Campus Virtual |
Curso: | Secundaria a Distancia - Aula 5 |
Libro: | Ñemboja digital Módulo 2 - Semana 2 |
Imprimido por: | Invitado |
Día: | domingo, 22 de diciembre de 2024, 10:39 |
1. Los Derechos Humanos
¡Hola!
Bienvenido a esta segunda semana. ¿Cómo estás? Vamos a trabajar con una
temática siempre vigente; los Derechos Humanos.
¿Qué son los Derechos Humanos?
Son
los derechos que todos tenemos por el solo hecho de ser personas. Por eso los Derechos Humanos deben ser reconocidos
en cualquier lugar del mundo, a todos los seres humanos, independientemente de
su situación social, económica, étnica, religiosa, etc. Se trata de atributos
que hacen a la condición humana, como la libertad, el trabajo, la igualdad, la
cultura y fundamentalmente la dignidad
humana.
Partiendo del concepto de dignidad humana, se desprende el concepto de Derechos Humanos.
Durante
siglos los Derechos Humanos no fueron reconocidos. Hubo que realizar esfuerzos
individuales y colectivos y atravesar grandes luchas para que eso sucediera, y
aun en la actualidad subsisten, en el mundo, situaciones de desconocimiento de
los derechos humanos.
El
término “Derechos Humanos” fue adoptado por la comunidad internacional después
de finalizada la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), cuando se creó la Organización de las Naciones Unidas (ONU)
y se aprobó la Declaración Universal de
los Derechos Humanos.
Las Naciones Unidas nacieron oficialmente el 24 de octubre de
1945, después de que la mayoría de los 51 Estados Miembros signatarios del
documento fundacional de la Organización, la Carta de la ONU, la
ratificarán. En la actualidad, 193 Estados son miembros de las Naciones Unidas,
que están representados en el órgano deliberante, la Asamblea General.
Estos
derechos están consagrados en instrumentos normativos como declaraciones,
convenciones y constituciones. Comprenden mecanismos y acciones que permiten
hacerlos exigibles, es decir, hacen posible en la práctica, su cumplimiento
efectivo.
2. La Declaración Universal de los Derechos Humanos
El
reconocimiento de los Derechos Humanos como tales se produjo en el año 1948,
cuando quedaron plasmados en la Declaración Universal.
La
Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito
en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas
las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la
Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en
París, el 10 de diciembre de 1948 en
su (Resolución 217 A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y
naciones.
La
Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que
deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a más de 500 idiomas.
La
DUDH es ampliamente reconocida por haber inspirado y allanado el camino para la
adopción de más de setenta tratados de derechos humanos, que se aplican hoy en
día de manera permanente a nivel mundial y regional (todos contienen
referencias a ella en sus preámbulos).
Para
mayor ilustración sobre esta temática te invitamos a visitar el siguiente: link
3. Características de los Derechos Humanos
Los Derechos Humanos tienen características
distintivas y específicas:- Son universales, porque
son constitutivos de las personas independientemente del régimen político,
cultural y social imperante en cada comunidad. Ningún ser humano puede ser
excluido o discriminado, porque cada individuo tiene la misma dignidad.
- Son naturales, a causa de
la propia condición de Ser Humano. No son una concesión del Estado. Nacemos con
ellos.
- Son inalienables, los
cual significa que ningún ser humano puede renunciar o negociar a estos
derechos ni el Estado puede dejar de garantizarlos. ‘Inalienable’ quiere decir
que no se pueden separar, perder, enajenar.
- Son inviolables, porque
no pueden ser destruidos.
- Son obligatorios, es
decir que todas las personas e instituciones deben cumplir con su respecto y
sostenimiento. Por ejemplo, son obligatorios para los Estados aunque no exista
una ley que los establezca porque, precisamente esta característica de
obligatoriedad impone la condición de respetarlos a toda persona y Estado.
- Son indivisibles, lo cual
significa que no se pueden dividir o quitar alguno o parte de los derechos,
dado que suprimir alguno de ellos pone en peligro la vigencia de todos los
demás.
4. Evolución en el reconocimiento de los Derechos Humanos
El
campo de los derechos humanos no permanece rígido ni estático, sino que ha
cambiado con el transcurso del tiempo, ampliándose de acuerdo con el accionar
del ser humano en distintos procesos históricos. Los derechos surgidos en cada
momento no reemplazan a los anteriores, sino que los complementan.
El primer grupo de derechos reconocidos
entre los S XVIII y XIX corresponden a principios que tienen que ver con la
vida, el derecho a la salud, la integridad física y psicológica, a la
propiedad, a la libre expresión de pensamiento, a la comunicación de ideas, de
religión, de enseñanza, de contraer matrimonio, de relacionarse, de asociarse,
de la intimidad del sufragio. Son de inmediata aplicación y donde el Estado
sólo debe abstenerse de incumplirlos.
En una
segunda etapa en el S XX, se
encuentran los derechos relacionados con aspectos económicos y sociales, con la
participación política para las mayorías, por ejemplo, derechos de las y los
trabajadores, de la seguridad social, la identidad de género. Es necesaria la
intervención proactiva del Estado para garantizar su pleno funcionamiento.
En una
tercera etapa estarían reconocidos
los derechos colectivos o solidarios que involucran a los pueblos y
comunidades, como, por ejemplo, derecho a la paz, al desarrollo, al cuidado del
medio ambiente, al respeto del patrimonio de la humanidad.
Esta
enunciación de los distintos tipos de Derechos Humanos no implica jerarquía o
matiz que diferencie su aplicación. Los Derechos Humanos constituyen un corpus
indivisible e integral, no jerarquizado en su interior.
5. Distintas formas de Violación de los Derechos Humanos
Las violaciones de los derechos humanos se
producen en todo el mundo. Una violación a los derechos económicos, sociales y
culturales tiene lugar cuando un Estado incumple sus obligaciones de garantizar
que tales derechos se disfruten sin discriminación o su obligación de
respetarlos, protegerlos y realizarlos, o cuando por acción u omisión en sus
funciones dañan o permiten que se dañen los derechos de las personas.
Generalmente una violación de tales derechos guarda relación con la violación
de otros derechos. Cuando el Estado no respeta y garantiza los derechos humanos
o si no sanciona a los responsables de violarlos, entonces se convierte en un
Estado violador de los derechos humanos.
Entre las principales violaciones de los
derechos humanos podemos destacar:
• El hambre
• La pobreza
• El analfabetismo
• La violencia contra las mujeres (por
ejemplo, femicidios)
• La violencia contra la niñez
• El trabajo infantil
• El reclutamiento forzoso ilegal (por
ejemplo, trata de personas)
• El secuestro y desaparición forzada de
personas
• La apropiación ilegal de niños y niñas
• Discriminación de todo tipo (xenofobia,
racismo, género, condición sexual)
• La persecución y condena por homosexualidad
• La persecución por razones políticas
• La tortura, la pena de muerte
• Las violaciones a los derechos de
existencia, integridad e identidad cultural de los
pueblos indígenas
• El desplazamiento forzoso de migrantes
• Las masacres (por ejemplo, bombardeos a
poblaciones civiles)
• El genocidio
• El terrorismo de Estado
6. Video de clase
7. Bibliografía Complementaria
PDFs:
Derecho a una Educación de Calidad: (link)
La Declaración Universal de los Derechos Humanos: (link)
https://www.educ.ar/recursos/158539/como-armar-mapas-conceptuales
https://www.bizkaia.eus/Kultura/kirolak/pdf/ca_carta_edu_fisica_deporte.pdf
Material audiovisual:
.
Fuentes y Bibliografía
G. Pérez de Lois, A. Balbiano, V.P. Catalán, D. A. Estévez, A.D.Galli, M.L. Ippólito, L.I.López, I.H.Porro, V.Seldes, J.E.Valle, C. Zibecchi. (2013). Ciudadanía III. Buenos Aires: Santillana.
Graciela P. de Lois, Alejandro J. Balbiano, Teresita Regueiro, Mónica L. Ippólito. (2015). Ciudadanía y Derechos 1. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Santillana.