● Energías
Renovables: Fomento del uso de energías limpias como solar, eólica e
hidráulica. Las energías renovables no emiten gases de efecto
invernadero en la generación de la energía, por lo que supone una solución
limpia que evita la degradación ambiental y no afecta al cambio climático. Asimismo, son fuentes inagotables a diferencia de las
fuentes de energías tradicionales. Estas energías cuentan con la misma
disponibilidad que el sol donde tienen su origen y se adaptan a los ciclos
naturales. Al ser desarrolladas en la misma región en la que se
instalan, hacen que las regiones sean más autónomas en energía. Por otro lado, no suponen ningún tipo de riesgo para la
salud al ser obtenidas de fenómenos naturales y permiten ser utilizadas en
cualquier tipo de escenario. ● Protección
y Restauración de Ecosistemas: Reforestación y conservación de bosques y
áreas naturales. El proceso de restaurar un ecosistema busca invertir la
tendencia a degradarse que padecen actualmente muchos ecosistemas (tanto
marinos como terrestres) con el objetivo derecuperar
su funcionalidad ecológica, que se traduce en una mejora de la
productividad. Regenerar ecosistemas sobreexplotados, reforestar o
reintroducir animales extintos en la cadena trófica son algunas estrategias de
restauración. ● Acuerdos
Internacionales: Cumplimiento de tratados como el Acuerdo de París para reducir las emisiones globales de GEI. “El 12 diciembre de
2015, en la COP21 de París, las Partes de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático lograron un pacto histórico en la lucha contra
el cambio climático para acelerar e intensificar las acciones e inversiones destinadas
a construir un futuro sostenible con bajas emisiones de carbono. Este acuerdo
agrupa a todos los países en una causa común: realizar los esfuerzos necesarios
para revertir el curso actual del calentamiento global. El Acuerdo de París
entró en vigor el 4 de noviembre de 2016. Los científicos, a través de los
reportes del IPCC, dejaron en claro que será necesario un gran cambio
productivo y cultural para reducir el calentamiento global y evitar la
ocurrencia de daños catastróficos e irreversibles. En esta línea, el Acuerdo de
París, en su artículo n°2, hace un llamado para “mantener el aumento de la
temperatura media mundial muy por debajo de 2°C con respecto a los niveles
preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la
temperatura a 1,5°C, reconociendo que ello reduciría considerablemente los
riesgos y los efectos del cambio climático”. Debido a la urgencia
por tomar acciones globales para enfrentar al cambio climático, todas las
Partes deben hacer todo lo que esté a su alcance e informar periódicamente
sobre sus emisiones, sus esfuerzos de aplicación y actualizar sus NDC. En este
sentido, el artículo nº4 del Acuerdo, invita también a “todas las Partes a
esforzarse por formular y comunicar estrategias a largo plazo para un
desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, tomando en
consideración sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus
circunstancias nacionales”. Argentina ratificó el
Acuerdo de París en el año 2016 a través de la Ley nº27270 y para cumplir con
los compromisos asumidos presenta regularmente sus inventarios y sus
Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional.” Fuente: https://www.argentina.gob.ar/ambiente/cambio-climatico/acuerdo-de-paris