Los Derechos Humanos tienen características distintivas y específicas:
·Son universales, porque son constitutivos de las personas independientemente del régimen político, cultural y social imperante en cada comunidad. Ningún ser humano puede ser excluido o discriminado, porque cada individuo tiene la misma dignidad.
·Son naturales, a causa de la propia condición de Ser Humano. No son una concesión del Estado. Nacemos con ellos.
·Son inalienables, los cual significa que ningún ser humano puede renunciar o negociar a estos derechos ni el Estado puede dejar de garantizarlos. ‘Inalienable’ quiere decir que no se pueden separar, perder, enajenar.
·Son inviolables, porque no pueden ser destruidos.
·Son obligatorios, es decir que todas las personas e instituciones deben cumplir con su respecto y sostenimiento. Por ejemplo, son obligatorios para los Estados aunque no exista una ley que los establezca porque, precisamente esta característica de obligatoriedad impone la condición de respetarlos a toda persona y Estado.
·Son indivisibles, lo cual significa que no se pueden dividir o quitar alguno o parte de los derechos, dado que suprimir alguno de ellos pone en peligro la vigencia de todos los demás.