3. Personas con discapacidad
La Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, ratificada por el Estado argentino en 2008, define
como personas con discapacidad a aquellas que tienen deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con
diversas barreras impiden su participación plena y efectiva en la sociedad en
igualdad de condiciones que los demás.
Este tratado, adoptado por la Asamblea General
de las Naciones Unidas en el año 2006, recepta el modelo social de la
discapacidad (superador del modelo rehabilitador) según el cual las causas que
originan la discapacidad son preponderantemente sociales, es decir, “no son las
limitaciones individuales las raíces del problema, sino las limitaciones de la
sociedad para asegurar adecuadamente que las necesidades de todas las personas
–incluyendo quienes tengan una discapacidad– sean tenidas en cuenta dentro de
la organización social”.