Ahora bien, estos bienes utilizados en la empresa se desgastan
con el uso. Y en algún momento habrá que reponerlos. Es decir que, como ya
habíamos visto, tener la propiedad del bien no me evita tener el costo del
mismo. Más bien lo que sucede es que la erogación (fenómeno financiero) ocurre
en un momento definido pero sus efectos (y consecuentemente su imputación)
afectarán a un periodo de tiempo prolongado. De acuerdo a esto, al momento de
determinar el Costo de nuestros productos deberemos considerar el costo de
estos bienes, repartido en el periodo que se considera dicho bien será
utilizado en la empresa. Ese costo “distribuido” entre todos los periodos, será
la retribución de uno de los componentes del Factor de Producción “Capital”. Será cuestión, entonces, de definir cuánto tiempo estos bienes
podrán ser utilizados en la empresa. A este tiempo se lo denomina “Vida Útil” y
dependerá del Bien de Uso que se trate. El valor que pierden los bienes de uso, por el transcurso del
tiempo y el desgaste sufrido recibe el nombre de depreciación. La amortización
es la registración contable de la depreciación de los activos. La base utilizada para el cálculo de la
amortización será la vida útil del bien. Lo convencional (que no es la vida
útil exacta sino una convención contable) es considerar una vida útil de 5 años
para vehículos (contablemente se los denomina rodados); de 10 años para
muebles, instalaciones, maquinarias y de 50 años para los edificios. Es
interesante analizar el tema de las computadoras que, por prácticas contables,
se estima su vida útil en 5 años. En la actualidad probablemente debiéramos
rever esta idea ya que sabemos que la evolución de estos equipos hace entender
que se desactualizan (y pierden su valor) con mayor rapidez. Una vez conocido el valor del bien y su vida útil se hace el
cálculo de la depreciación anual dividiendo uno por otro. Este valor es el
“costo” del bien a imputar cada año. Si bien la erogación se hace una sola vez
y por los años de la vida útil, no por tener la propiedad del bien vamos a
considerar que el costo es nulo, ya que deberemos reponerlo en el algún
momento. Como la mayoría de los bienes se desgastan independientemente de las
cantidades producidas/vendidas se lo considera un costo fijo. Expresándose en términos
porcentuales los rodados tendrán una amortización anual de 20% (el valor
dividido 5 años). Los muebles e instalaciones 10% y los edificios 2%. Los
terrenos no pierden valor. Es decir que en un inmueble se amortizará la parte
de la construcción y no la del terreno. Si bien contablemente la imputación de
la amortización es anual (o sea, se registra una sola vez en el año, al
finalizar el ejercicio comercial) para calcular el costo podemos tomar períodos
menores. Incluso hay maquinarias que
tienen la vida útil expresada en cantidad de unidades a producir en cuyo caso
el cálculo será mucho más preciso. Aún nos queda una idea más para compartir. ¿Qué pasa al final de
la vida útil del bien? Es decir… ¿Un horno industrial luego de 10 años no tiene
valor alguno? En realidad sí, pero lo que se estima es que ya no producirá
ingresos para la empresa (al menos no en la medida ideal) y por lo tanto
debería ser reemplazado. Para atender a esta realidad aparece el concepto de Valor Residual (también llamado Valor
Recuperable) que es el importe que la empresa espera obtener al vender el bien
cuando finalice la vida útil estimada. Podríamos corregir así el valor de nuestra amortización anual
diciendo que es el resultado de dividir el Valor del Bien menos el Valor
residual entre los años de vida útil estimada.