Ellas no persiguen fines de lucro. Esto no
significa que las actividades que realizarán deben generarle pérdidas, más bien
todo lo contrario… lo lógico de una actividad económica es la rentabilidad.
Pero esa rentabilidad, en estas últimas formas sociales, no es repartida entre
sus integrantes. Por esa razón no paga la mayoría de los impuestos (aunque debe
registrarse ante los organismos a fines informativos) En el caso de realizar la actividad en forma
individual adoptará la forma de una empresa
unipersonal. Es interesante que incorporemos el concepto de
empresa a nuestra actividad económica aun cuando no estemos organizados como
una sociedad comercial. Habrá EMPRESA cuando se
coordinen los factores de la producción para realizar una actividad económica rentable. De hecho empresa y sociedad comercial no son
lo mismo. En ambas hay una coordinación de factores de la producción pero en la
sociedad comercial, además de esto, la propiedad del capital y la capacidad
organizacional es compartida por varias personas. Todas las Sociedades
Comerciales son empresas, pero las empresas no necesariamente deben organizarse
como Sociedades Comerciales. Su característica principal requiere que las
sociedades comerciales tengan una regulación especial ya que, por un lado, no
siempre los dueños son conocidos.
Esto implica que quienes realizan operaciones con la sociedad pueden no saber
quiénes son los responsables de esas operaciones. Por otra parte entre ellos
hay un contrato y una relación
particular de negocios que debe ser regulada. Toda esta regulación, ya sea entre socios o
entre la sociedad comercial (o empresa unipersonal) y los que operen
económicamente con ella (proveedores, clientes, bancos, trabajadores) la lleva
a cabo el Estado Nacional. Sin embargo ciertos controles y regulaciones
económicas corresponden también a Provincias
(Dirección de Comercio, Dirección del Trabajo entre otras) y Municipios (Control de Sanidad y de
Desechos por ejemplo).