4. NOMBRE

4.4. INSCRIPCIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

Las personas jurídicas, como empresas, asociaciones y organizaciones “nacen” a partir de su inscripción. Pero, ¿cómo se constituyen legalmente estas entidades? ¿Qué significa inscribirlas y por qué es importante?
La inscripción de una persona jurídica es el proceso mediante el cual se le otorga una existencia legal oficial. Es como obtener un certificado de nacimiento para una empresa o una organización. A través de este proceso, la entidad adquiere personalidad jurídica, lo que significa que puede realizar actividades legales, como celebrar contratos, adquirir bienes y participar en transacciones comerciales.
Veamos cuales son las formas y recaudos para inscribir algunas figuras societarias en nuestra provincia, de manera tal, que podamos integrar la teoría y la practica. 
Podemos registrar o inscribir varios tipos de personas jurídicas, veamos algunas: 
Sociedades comerciales: 
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Donde la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
  • Sociedad Anónima (SA): Con capital representado por acciones y responsabilidad limitada de los accionistas.
  • Sociedad Colectiva: Con responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios.
  • Sociedad por Acciones Simplificada (SAS):  Es un nuevo tipo de sociedad que se constituye de una manera más fácil que una sociedad anónima. La pueden formar una o varias personas humanas o jurídicas. Es la única sociedad que puede formarse con una sola persona. En las SAS, la responsabilidad de los socios y socias está limitada a sus acciones. Mediante la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor, cuyo objetivo principal incentivar el desarrollo de la actividad emprendedora y de generación de capital en el país, se propició la posibilidad de crear una empresa de manera rápida y sencilla, en un plazo de 24 horas, allí nacieron las SAS. 
Otra ventaja que ofrecen las SAS es que pueden constituirse con un patrimonio relativamente bajo, el equivalente a 2 SMVM (salarios mínimos vitales y móviles). 
La creación de las SAS se realiza por internet, cumpliendo los siguientes pasos:
  • Ingresas a la página web de la Inspección General de  Personas Jurídicas www.igpj.corrientes.gov.ar - Plataforma Digital SAS.
  • Completas los datos del Formulario Único, con los datos de la actividad de AFIP y de la DGR.
Asociaciones Civiles y Fundaciones:
  • Asociaciones Civiles: Formadas para la realización de fines de interés común, sin fines de lucro.
  • Fundaciones: Entidades sin fines de lucro que tienen un patrimonio afectado a la realización de fines de bien común.
Cooperativas:
  • Organizaciones que operan bajo los principios de la cooperación y la autogestión, destinadas a satisfacer las necesidades económicas y sociales de sus socios.