6. RÉGIMEN SIMPLICADO AFIP -MONOTRIBUTO

6.1. INSCRIPCIÓN

Inscripción
La inscripción en AFIP implica la registración del ciudadano ante el organismo para poder generar el alta en impuestos y utilizar los sistemas web.
Para ello es necesario obtener la clave fiscal y la CUIT. El paso siguiente será ingresar con clave fiscal y habilitar el domicilio fiscal electrónico.
Estos trámites son 100% gratuitos y se generan desde el sitio web www.afip.gob.ar
Una vez realizadas estas gestiones, se deberá acceder al servicio con clave fiscal “Registro Único Tributario – RUT” para ingresar la información de los domicilios, declarar las actividades a desarrollar y comenzar el alta en el monotributo.
Obtención de clave fiscal
La clave fiscal es una contraseña segura, personal e intransferible que permite gestionar todos los trámites relacionados con la AFIP, desde cualquier computadora, tablet o smartphone conectado a internet.
Podés obtener la clave fiscal desde la aplicación móvil “Mi AFIP”, utilizando la opción “Solicitar o recuperar la clave fiscal”.
Tipos de monotributo
Existen varios tipos de monotributo que dependen de cómo vas a ejercer la actividad:
Como trabajador independiente
Es para cuando vendés productos o prestás servicios por tu cuenta, con o sin empleados. Si, además, estás trabajando en relación de dependencia, solo pagarás el componente impositivo porque a tu empleador le corresponde abonar los aportes jubilatorios y de obra social.
Como miembro de una cooperativa
  • Si sos miembro de una cooperativa y tus ingresos brutos anuales no superan los $ 2.108.288,01, no pagás el componente impositivo de monotributo (sí jubilación y obra social). La cooperativa tiene que estar registrada en AFIP.
  • Si tus ingresos brutos anuales superan la suma de $ 2.108.288,01, deberás abonar, además de las cotizaciones previsionales, el impuesto integrado que corresponda, de acuerdo con la categoría en la que te encuadrás y según el tipo de actividad que realizás. La cooperativa tiene que estar registrada en AFIP.
Como trabajador independiente promovido
Si realizás una única actividad y cumplís con los requisitos, pagás solamente el 1% de lo que factures en el mes y ese dinero se destina a tus aportes jubilatorios.
Como trabajador independiente promovido podés optar por pagar una obra social y elegir la que creas más conveniente del listado de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Por otro lado te recomendamos que consultes la tabla de categorías para revisar lo que te va a salir sumar la obra social a tu cuota de monotributo.
Monotributo Social
Si estás dado de alta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, podés adherirte al Monotributo Social habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Si bien no es un trámite que se realice en AFIP, te damos la opción de reimprimir tu credencial y de consultar la información que tenemos disponible acerca de este régimen especial.
Monotributo unificado
Es un sistema que unifica trámites nacionales y provinciales para el pago de impuestos. Además, reduce la carga administrativa y representa un ahorro económico para los contribuyentes.
El monotributo unificado está destinado a los ciudadanos monotributistas de las provincias de Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del fuego que se encuentran alcanzados por el impuesto sobre los Ingresos Brutos de las administraciones tributarias provinciales adheridas y por la contribución municipal y/o comunal.
Régimen simplificado especial
Destinado a los pequeños productores agrícolas siempre que su actividad principal recaiga exclusivamente en el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate, té u otras hojas que se utilizan para preparar infusiones; y sea su única fuente de ingresos, exceptuando los provenientes de asignaciones familiares, jubilaciones, pensiones no contributivas y/o programas de inclusión social otorgados por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Este régimen te exime de pagar el impuesto integrado, debiendo abonar únicamente las cotizaciones previsionales previstas disminuidas en un 50 % por todas las actividades.
Parámetros
Los parámetros del monotributo son los topes máximos de montos y valores que definen la categoría en la que vas a estar encuadrado. De la categoría asignada dependerá cuánto pagarás de cuota mensual.
Los parámetros que indican la categoría son:
  • Ingresos brutos: es el monto máximo que se puede facturar por año.
  • Superficie afectada: son los metros cuadrados del establecimiento o local donde se desarrolla la actividad. Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones). Quienes no tengan un local, no deberán considerar este parámetro.
  • Energía eléctrica consumida anualmente: corresponde a la cantidad de luz (en kilovatios) que se gasta anualmente para el desarrollo de la actividad. Este dato se puede consultar en la factura de la luz.
  • Alquileres devengados anualmente: es el monto pagado en todo el año por el alquiler del inmueble en el que se desarrolla la actividad.
  • Precio unitario máximo para venta de cosas muebles: es el precio que tiene el producto más caro que vendas.
Categorías de monotributo
Las categorías van de la “A” a la “K” y se definen, entre otros parámetros, por el monto de ingresos brutos anuales.
Además, la categoría se asigna en base al detalle de tus actividades: venta de productos o prestación de servicios. Quienes presten servicios estarán encuadrados entre las categorías “A” y “H”, y quienes vendan productos estarán entre la “A” y la “K”.
Si la actividad se lleva a cabo en un local o establecimiento, se deberá tener en cuenta:
  • la superficie afectada,
  • el total anual de energía eléctrica consumida en kilowatts y
  • el monto a pagar por el alquiler anualmente.
Jubilación
El pago de la jubilación dentro de la cuota mensual dependerá de si el monotributo es tu única fuente de ingresos o si también trabajás en relación de dependencia. Existen varias situaciones:
• Pagar jubilación con monotributo
Si no trabajás en relación de dependencia o no estás pagando tu jubilación de ninguna otra forma, tenés que incluirlo en la cuota de monotributo.
• Empleado en relación de dependencia
Tenés que indicar la CUIT de tu empleador y la fecha de inicio de cuando empezaste a trabajar.
Si elegís esto no podés elegir obra social porque también te la tiene que proveer tu empleador.
• Jubilado
  • Si estás jubilado por la ley actual (Nº 24.241) tenés que pagar aportes jubilatorios. Para jubilados a partir del 07/1994.
  • Si estás jubilado por leyes anteriores (Nº 18.037 y Nº 18.038) no tenés que pagar aportes. Para jubilados hasta el 06/1994.
En ambos casos no pagás obra social dado que ya estás afiliado a PAMI.
• Aporte a cajas previsionales provinciales
En este caso no tenés que pagar aportes jubilatorios ni obra social.
• Locadores de inmuebles
Quienes se inscriban en el monotributo únicamente por el alquiler de inmuebles, no tienen que pagar aportes jubilatorios ni obra social.
Obra social
El monotributo contempla el pago de aportes a una obra social. Podés elegir la que mejor se adecúe a tus necesidades. El importe está incluido dentro de la cuota mensual del monotributo.
Podés consultar las obras sociales que aceptan monotributistas en el listado de obras sociales de la Superintendencia de Servicios de Salud. Luego de obtener el alta en el monotributo también hay que gestionar la afiliación ante la obra social elegida. Vas a necesitar:
  • Original y fotocopia del último comprobante de pago.
  • Original y fotocopia del DNI
  • Formulario 184/F completo. Es el documento que se descarga luego de confirmar el alta. Sirve para presentar una constancia de monotributo ante otros organismos. También podés encontrarla en la opción “Constancias” dentro del portal de monotributo.
  • F. 152. Es la credencial de pago. Podés encontrarla en la opción “Constancias” en el portal de monotributo.
Cambio de obra social
El trámite para el cambio de obra social puede realizarse ante la sede de la nueva obra social o por internet.
Para realizar el trámite por internet se deberá contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3 y el servicio “Mi SSSalud” habilitado. Una vez dentro del servicio, presionar sobre el botón “Nueva opción” y completar los datos que solicita el sistema.
El cambio podrá realizarse solamente una vez al año (de enero a diciembre). Quienes cambien de obra social deberán permanecer, como mínimo, 1 año afiliados. Vencido ese plazo podrán volver a ejercer la opción de cambio.
Unificar aportes con cónyuge
Opcionalmente se podrán unificar los aportes de la obra social con los del cónyuge, siempre y cuando tengan la misma obra social
Agregar familiares
Es posible adherir a la cobertura de la obra social a los integrantes del grupo familiar, pagando un adicional por cada uno.
Declaración jurada de salud
Luego del alta, se deberá completar y presentar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES. Es importante hacerlo lo antes posible para que la obra social pueda cubrir los gastos médicos por cualquier problema de salud.
¿Cómo facturo?
Los monotributistas de todas las categorías deberán emitir comprobantes electrónicos tipo “C” para las operaciones con consumidores finales, excepto que se trate de una operación de exportación, en cuyo caso corresponderá emitir comprobantes tipo “E”.
Para comenzar a facturar hay que dar de alta un punto de venta, que es un código de 4 o 5 dígitos que identifica el método de facturación que utilizará el contribuyente. Cada método deberá tener un punto de venta diferente. Este trámite se genera desde el servicio con clave fiscal “Registro Único Tributario” donde, además, se deberá seleccionar el sistema de facturación.