3. EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER

 

 

Existen barreras que impiden que las mujeres puedan ejercer plenamente sus derechos humanos. Estas condiciones son:

a)  la desigualdad socioeconómica y la persistencia de la feminización de la pobreza;

b) los patrones culturales patriarcales discriminatorios y violentos y el predominio de la cultura del privilegio;

c)   la división sexual del trabajo y la injusta organización social del cuidado, y

d) la concentración del poder y las relaciones de jerarquía en el ámbito público, excluyendo a las mujeres de la toma de decisiones (CEPAL, 2017).

 

La garantía de los derechos humanos de las mujeres está estrechamente ligada con el logro de la autonomía de las mujeres en sus tres dimensiones:

1) FÍSICA: la capacidad para decidir libremente acerca de su propio cuerpo, su sexualidad y reproducción, así como ejercer su derecho a vivir una vida libre de violencia;

2)   ECONÓMICA: la posibilidad de acceder y controlar activos y recursos propios, y

3) en la TOMA DE DECISIONES: la plena participación en las decisiones que afectan su vida, la de sus familias, sus comunidades y la sociedad en su conjunto.