El gobierno nacional nace gracias a que las provincias se unen y le dan nacimiento a través de la constitución de 1853, por lo tanto es posible afirmar que las potestades –en principio– son de las provincias que son preexistentes al gobierno nacional.
En la relación Provincias y Nación existen Poderes conservados, delegados y concurrentes.
Con ayuda del navegador web transcribe los fragmentos de la constitución nacional que se encuentran a continuación y averigua a que artículo o inciso corresponde. Puedes completar dentro del mismo texto o realizar un texto aparte y subirlo como archivo adjunto.
Texto | Artículo o inciso N°…. |
Poderes Conservados | |
Las provincias incorporan todo el poder no delegado al gobierno federal y el reservado por pactos especiales (anteriores a su incorporación). | |
Las provincias se dan sus propias instituciones y personas que ejercen el poder sin la intervención del gobierno federal. | |
Poderes Delegados | |
Las provincias no pueden ejercer el poder delegado a la nación. | |
Poderes Concurrentes | |
Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. | |
Las provincias pueden celebrar tratados parciales para fines de administración de justicia, de intereses económicos y trabajos de utilidad común, con conocimiento del Congreso Federal; y promover su industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad | |
Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él. |